Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos

Los créditos a tasa cero se podrán destionar desde la página de la AFIP desde el lunes d4 de mayo

Desde el lunes 4 de mayo de 2020, los monotributistas y autónomos que cumplan con los requisitos impuestos por el gobierno de Argentina podrán solicitar un crédito a tasa de interés cero de hasta $AR150.000, a través del Programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo, como parte de las medidas del Gobierno de Argentina para hacer frente a la pandemia de Covid-19.

Las personas que quieran acceder a estos créditos deberan acceder a la página de la AFIP, clickear en Créditos Tasa Cero, y completar los requerimientos para acceder, siempre con clave fiscal. Luego de aplicar, la AFIP pondrá a disposición del Banco Central de la República Argentina (BCRA) la siguiente información:

  • El crédito buscado
  • Los importes totales correspondientes a los tres períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito en concepto de impuesto integrado.
  • Cotizaciones previsionales en los casos de pequeños contribuyentes.
  • Aportes previsionales para los casos de trabajadores autónomos.

En el caso de no no poder acceder a los créditos, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.

10 importantes puntos a tener en cuenta al ahora de solicitar los créditos a tasa cero.

  1. Entrar en la página de AFIP. Luego hacer click en “Créditos Tasa Cero”. Una vez allí, se le informará si usted está en condiciones de solicitar el crédito y, de estarlo, cuál es el monto máximo que puede pedir de acuerdo con su categoría.
  2. Quienes puedan pedir el crédito deberán confirmar que quieren hacerlo y completar una serie de datos: monto de préstamo que desea solicitar, Clave Bancaria Uniforme (CBU) y número de tarjeta de crédito asociada al mismo banco de la cuenta que se está informando.
  3. A través de la tarjeta se acreditará el total del crédito en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000.
  4. En caso de no tener un tarjeta de crédito, el Banco Central (BCRA) ordenó a las entidades financieras que le garanticen una estos clientes sin ningún costo, de modo que pueda utilizar el crédito que le fue asignado.
  5. Los estén adheridos al débito automático deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con el crédito, según prevé el mecanismo establecido por la AFIP.
  6. Una vez realizados estos pasos, el banco elegido tendrá 48 horas hábiles para proceder a la acreditación de la financiación
  7. La misma será de hasta $150.000 para las categorías D en adelante, de hasta $104.370 para la categoría C, de hasta $78.277 para la categoría B y de hasta $52.184 para la categoría A de Monotributo, según se informó oficialmente.
  8. Los bancos no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la AFIP, tampoco cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento, y deberán arbitrar mecanismos para la distribución de las tarjetas.
  9. De acuerdo a la información oficial, no podrán acceder al beneficio los monotributistas que facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados, o hayan hecho compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual.
  10. Tampoco serán beneficiados quienes hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.

Te dejamos el link a la pagina oficial de los creditos a tasa cero de la AFIP